Horario de Atención
Lunes a Viernes
8:00 a 14:00 y 15:00 a 19:00
Sábado
9:00 a 13:00
El Notario
Es el Profesional del Derecho, Investido de Fe Pública por el Estado, para hacer constar los actos y hechos a los que los interesados deban o quieran dar autenticidad conforme a las leyes, y autorizado para intervenir en la formación de tales actos y hechos revistiéndolos de las formalidades legales.
Actividad del Notario
El Notario tiene a su cargo recibir, interpretar, redactar y dar forma legal a la voluntad de las personas que ante él acuden, y conferir autenticidad y certeza jurídica a los actos pasados ante su fe.
Ventajas y Beneficios de la Intervencion de un Notario
- Las partes pueden tener la certeza de la legitimización e identificación de las mismas y evitar la suplantación ya que el Notario se cerciora y las verifica.
- Las partes pueden contar con la asesoría y consejo del Notario antes de la celebración de algún contrato para evitar trámites, juicios y gastos innecesarios.
- El Notario no es sólo un Profesionista, sino un hombre que actúa en el marco del Derecho con calidad, honorabilidad, integridad y ética buscando permanentemente la seguridad jurídica.
- El Notario verifica y se cerciora que el enajenante sea realmente el propietario o en su defecto, que cuente con las facultades necesarias y suficientes para comparecer en carácter de representante del propietario.
- El Notario verifica y se cerciora que el inmueble motivo de operación, no reporte gravámenes que puedan limitar la libre transmisión del dominio, como por ejemplo hipotecas, fianzas etc. y se encarga de recaudar todas las contribuciones, federales, estatales y municipales que se causen con motivo de la mencionada operación.
- El Notario evita riesgos innecesarios para los contratantes ya que en la redacción y elaboración de los contratos que se pretenden formular, se cerciora de que se reúnan los requisitos establecidos por las leyes vigentes.
- El Notario en su honestidad de servicio e imparcialidad, evita situaciones que pudiesen dar ventaja a alguna de las partes en perjuicio de la otra.
- Al contar con la participación de un Notario, se evita la pérdida, destrucción, del contrato efectuado, pues lo que se entrega a los contratantes son copias certificadas o testimonios, y el original se conserva en el protocolo de la Notaría.
Mariano Matamoros #210,
entre Blvd Agustín Olachea y
Benito Juárez, Colonia Centro,
Cd Constitución, B. C. S.
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